Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECRETA Medida Preventiva de Secuestro sobre la extensión de terreno de TRECE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE CENTÍMETROS CUADRADOS (13.249,79 M2), que forma parte de la parcela GI-12, que forma parte de mayor extensión del denominado Parcelamiento o Urbanización Zona Industrial de Maracaibo, Primera Etapa de Ampliación, ubicado en jurisdicción de la Parroquia Marcial Hernández, del otrora Municipio Maracaibo, hoy Municipio Bolivariano San Francisco del Estado Zulia, y sobre las mejoras sobre éste construida, conformadas por un Galpón Industrial de OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (877,56Mts2), con estructura mixta.....