SE decretó ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de los ciudadanos KEINI JOSÉ RONDÓN LISTA y JOSÉ DE LOS SANTOS URBANEJA, por encontrarse llenos los extremos del artículo 236, numerales 1, 2, 3, en concordancia con el artículo 237, ordinales 1, 2, 3, 4 y 5, y parágrafo primero, en atención al primer aparte, del citado artículo 236; todos previstos en el Código Orgánico Procesal Penal.-