este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO JUDICIAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO y consumado el DESISTIMIENTO efectuado por el ciudadano JOSÉ ALBERTO GUILLEN, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 11.391.536 y de este domicilio, asistido por la Abogada en ejercicio KATHERINE HERNÁNDEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el No 66.313, en el juicio que por PARTICIÓN y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL sigue en contra de la ciudadana LINSAY ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 13.297.920 y de este domicilio, signado bajo el expediente No. 47.912 de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal. Así mismo se ordena la devolución de los originales solicitados, previa su certificación en actas.