Por los fundamentos expuestos, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE COLOCACION FAMILIAR, intentada por la ciudadana YIRENGY JOEFINA CAMACARO MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-16.161.980, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida por la abogada NELEXIS HERNANDEZ GUANIPA, inscrita en el inpreabogado bajo el N°. 108.526, contra de ciudadano BENNY LENYN OLIVAREZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.235.149, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por la ciudadana YIRENGY JOEFINA CAMACARO MENDEZ, a.....