En consecuencia, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la intimación del ciudadano JOSÉ GALUE, antes identificado, apercibido de ejecución dentro de los diez días de Despacho siguientes al día que conste en actas su intimación, para que pague la cantidad reclamada como capital, es decir la suma de SIETE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs 7.000,oo), mas las cantidades siguientes: a) Para que pague la cantidad de UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES CONCERO CÉNTIMOS (Bs 1.750,oo) por concepto de Honorarios profesionales y La cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES CON CEROI CÉNTIMOS (Bs 700,oo) por concepto de Costas Procesales, Alcanzando la cantidad a intimar a la suma de NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON CÉNTIMOS (Bs. 9.450,oo). Se apercibe al demandado que en el término indicado deberá pagar o formular opo.....