Por todo lo antes expuesto de hecho y de derecho, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara De Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA, Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad para el ciudadano LENDIS YONEL LIRA NORIEGA, dijo ser de nacionalidad Venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, Estado Zulia, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico en Latonería y Pintura, de 23 años de edad, fecha de nacimiento: 08-02-1982, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.135.695, hijo de Luis Ángel Lira y de Marina Noriega, y residenciado en el sector Carlos Andrés Pérez, calle 10, casa s/n, al lado de la Taguara de LULA, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien la Fiscal Decimasexta del Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de: HURTO AGRAVADO, previsto y sanci.....