Por las razones antes expuestas y relacionadas este Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y de] adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA República BOLIVARIANA DE Venezuela Y POR AUTORIDAD DE LA Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición planteada por la Dra. ANA ENMA LONGART GUERRA, en su carácter de Juez Superior en lo Civil, Mercantil, de] Tránsito y de Protección de] Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Remítase al Juzgado antes mencionado Copia certificada de la presente decisión para que este en conocimiento de la misma, Notifíquese. Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, Firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los NUEVE (09) días del mes de Noviembre del año Dos.....