En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley  hace los siguientes pronunciamientos: 
PRIMERO: Se CONDENA a la ciudadana PETRA MARÍA MARCANO SILVA, quien es Venezolana, natural de LA Isla de Coche, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 14-06-1959,  de 50  años de edad, de profesión u oficio del hogar,  titular de la Cedula de Identidad  Nº V- 5.479.333, residenciada en el Guamache de Coche, calle Principal, Casa S/N, de color naranja, cerca de la peluquería Irma, Municipio Villalba del estado Nueva Esparta, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo Tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de m.....