En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA a la ciudadana PETRA MARÍA MARCANO SILVA, quien es Venezolana, natural de LA Isla de Coche, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 14-06-1959, de 50 años de edad, de profesión u oficio del hogar, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 5.479.333, residenciada en el Guamache de Coche, calle Principal, Casa S/N, de color naranja, cerca de la peluquería Irma, Municipio Villalba del estado Nueva Esparta, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo Tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de m.....