PRIMERO: ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS interpuesto la profesional del derecho YASMELY ALICIA FERNANDEZ CARVAJAL, en su carácter de Defensora Pública Trigésima Primera (31°) Indígena con competencia Penal Ordinario adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de defensora pública del ciudadano DEIVIDIX JOSE PARRA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 23.461.692, en contra de la decisión Nro. 305-18 de fecha 18 de Mayo de 2018 dictada por el Juzgado Decimo Tercero (13°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: ADMITE LAS PRUEBAS promovidas por la Defensa Pública en su recurso de apelación, en virtud de que se trata de pruebas cuya utilidad, necesidad, legalidad, licitud y pertinencia pueden ser corroboradas directamente cuando se resuelva el presente recurso, prescindiéndose así de la fijación de la audiencia oral, conforme lo establece el artículo 442 del Código Orgáni.....