Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio 185-A realizada por los ciudadanos JOSÉ AREVALO QUINTANILLO y EDITH RIVAS PARRA, antes identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
Se declara disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos JOSÉ AREVALO QUINTANILLO y EDITH RIVAS PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.290.881 y 12.381.779, en fecha 23 de Junio de 1995, ante el Prefecto y Secretario respectivamente de la Parroquia Manuel Dagnino, Municipio Maraca.....