Se CONDENA al ciudadano FREDDY JOSÉ MOTA FERNÁNDEZ, antes identificado, a cumplir la pena de cinco (05) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 4, 6 y 9 del Código Penal y ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.
SEGUNDO: Se le condena igualmente a cumplir la pena accesoria establecida en el artículo 16 del Código Penal vigente, relativa a la inhabilitación política.
TERCERO: Se acuerda dividir la continencia de la causa respecto a los ciudadanos ADDY ALEXANDER SOGAMO ARAQUE y JHONNY ALBERTO GANDICA ARAQUE.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la sentencia, elabórese la correspondiente COMPULSA y remítase en su oportunidad legal al Juzgado de Ejecución respectivo.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, a los dos (02) días del mes de Julio d.....