Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer en Alzada del recurso de apelación ejercido por abogado Oscar Francisco Guerrero Morales, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.871, actuando con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas: ROSARIO GIL MALDONADO e IRMA DOLORES GIL MALDONADO, titulares de la cedula de identidad números 3.939.876 y 1.703.780, respectivamente, contra la sentencia dictada en fecha 25 de abril de 2016, por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, mediante el cual declaró con lugar la demanda de contenido patrimonial de partición, interpuesto por la SOCIEDAD CIVIL CLUB PRIVADO TOVAR CENTRO DE AMIGOS, Asistido por la abogada Luzmila R.....