Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL en la presente causa contentiva de la solicitud de Amparo Constitucional incoada por la profesional del Derecho LESLIS MORONTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.143, obrando con el carácter de defensora del ciudadano JAVIER ENRIQUE PORTILLO DURÁN, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° 14.946.252, a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado en la Ejecución del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 408 numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de OCTAVIO RAFAEL SALAZAR NAVA, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de Mayo de 2005, por .....