VI
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL intentó la ciudadana NORYS MARGARITA PORTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número. V.-7.756.385 y con domicilio en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra del ciudadano JESÚS RAFAEL HERNÁNDEZ CARPIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.512.298, domiciliado en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.
En consecuencia, se adjudica en plena propiedad a la ciudadana NORYS MARGARITA PORTILLO, antes identificada:
PRIMERO. El cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales, intereses sobre prestaciones sociales (fideicomiso) .....