SE CONDENA al Acusado JACSON ELIAS MEZA MORENO, Venezolano, Natural de Apure, de 24 años de edad, Fecha de nacimiento 10-09-83, Casado, Comerciante, Portador de la C.I. V.-16.690.632, hijo de los ciudadanos: DIVISAY JOSEFINA MORENO y JUAN CARLOS MEZA, domiciliado en la Urbanización Nazareno, Vereda 8, Casa No. 3, Municipio Rivas, Estado Zulia a cumplir la pena de de DOS (02) años de prisión con las accesorias de ley contenidas en el 16 del código penal vigente, de conformidad con el Articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, mas las Accesorias de ley, por el Delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL DELITO DE HURTO, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano PATRICIO RAFAEL DAZA, mas las Penas accesorias contenidas en los Artículos 16 y 34 ambos del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el Articulo 267 del Código Org.....