Resuelve:
a) Se decreta la Separación de Cuerpos, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: MARISELYS CAROLINA RAMIREZ VERA y JOSE ALBERTO LOPEZ MENDOZA
b) En cuanto a la Patria Potestad de los niños GABRIEL JESUS y JESUS ALBERTO LOPEZ RAMIREZ, será compartida por ambos padres; la Guarda y Custodia será ejercida por la madre; en cuanto al régimen de visitas, el padre podrá visitar a sus hijos cada vez que lo desee, así como los domingos, días feriados y vacaciones, siempre y cuando no interrumpa sus labores escolares y horas de descanso. Referente a la Pensión Alimentaría, el padre se compromete a cancelar a sus hijos como pensión mensual la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00), igualmente cubrir los gastos de vestido, útiles escolares, épocas decembrinas, medicinas, serán compartidos de mutuo acuerdo en la medida de sus posibilidades laborales e ingresos.
c) Notifíquese, de la iniciación de este proceso al (el) ciudadano (a) Fiscal Especializado .....