Por todo lo antes expuesto y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de los ciudadanos SIMON RAFAEL GONZALEZ OVALLO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 25-03-1980, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.436.138, hijo de RAFAEL GONZALEZ (D) y de MARIA ALBERTO OVALLO, soltero, herrero, Alfabeta, residenciado en San Carlos de Zulia, Barrio Andrés Eloy Blanco, avenida Bolívar, casa 7-26, diagonal a la Escuela Santa Cruz, Municipio Colón del Estado Zulia, y DIXON JOSE FRAGOZO, de nacionalidad venezolana, natural de San Carlos de Zulia, Municipio Colón, Estado Zulia, fecha de nacimiento 18-06-1971, de 38.....