Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, en el Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) interpuesto por la Republica en contra de la contribuyente CORPORACIÓN NACIONAL DEL ACERO, C. A., DECLARA:
1.- LA FALTA DE JURISDICCION en la presente causa, contentiva de Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) incoado por la Abogada Irene Karelis Diaz Villanueva, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 46.456, domiciliada en Maracaibo, actuando en representación de la República Bolivariana de Venezuela contra la contribuyente CORPORACIÓN NACIONAL DEL ACERO, C.A., inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nro. J-316511472, domiciliada en la carretera H, esquina avenida 52, local Corpo Acero, oficina PB, zona Barrio Federación 1, Municipio Cabimas del Estado Zulia.
2.- Se ordena remitir las actas integradoras del presente expediente a l.....