DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Arelis Lucia Lameda, en representación de su hijo (OMITIDO ARTICULO 65 LOPNA), contra el ciudadano Yurenny Ovel Romero Gutiérrez. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en la cantidad de ciento veinte mil bolívares (Bs. 120.000,oo) mensuales, a razón de sesenta mil bolívares (60.000,oo Bs.) quincenales, además del 100% de los gastos de médico, medicinas, vestuario, educación y todo lo que requiera el niño. Además, el obligado le entregará cada mes, a la madre de su hijo cinco (05) cesta ticket.
De conformidad con el artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y con el fin de asegurar el cumplimiento de la obligación alimentari.....