Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado DANIEL ANTONIO BARRIOS ROJO, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Valera, Estado Trujillo, Fecha de Nacimiento 27-06-70, Estado Civil Divorciado, de 35 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.907.617, Capataz de Operaciones Planta Lago, hijo de EXIO ALI BARRIOS y MARIA ZUNILDE ROJO, residenciado en el Sector La victoria, Casa S/N, Calle 10, entre Avenida 1 y 2, en la población de Bachaquero, del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, conforme al procedimiento de admisión de los Hechos, a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06.....