DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Consumado el acto procesal de esta transacción, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), sigue la Sociedad Mercantil LINEA VITAL, C.A., (LIVITAL, C.A.) contra la Sociedad Mercantil SANI- EXPRESO, S.A. identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- ASÍ SE RESUELVE.-
Con relación a la solicitud de emisión de cheques, este Tribunal resolverá por auto separado.-
Obraron como apoderados judiciales de la parte actor, los abogados en ejercic.....