V
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MIRILENA ARIZA GONZALEZ, Defensora Pública Trigésima Séptima Penal ordinario, adscrita a la Coordinación regional de la Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensora de los imputados OMAR EDUARDO OVERTO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 19.938.572 y EDWIN ANDRES GOMAEZ SALAS, titular de la cédula de identidad N° 24.959.741, respectivamente.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión N° 629-17, de fecha 08 de julio de 2017, emanada del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de confor.....