Por los fundamentos expuestos con anterioridad, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa promovida por el codemandado NERIO JOSÉ MENDOZA GUTIERREZ, referida al ordinal 2° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por NULIDAD DE DOCUMENTO, incoara en su contra la ciudadana NELFA CECILIA CALDERÓN, plenamente identificado en actas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa promovida por el codemandado NERIO JOSÉ MENDOZA GUTIERREZ, referida al ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por NULIDAD DE DOCUMENTO, incoara en su contra y contra el ciudadano VICTOR ZAMBRANO, la ciudadana NELFA CECILIA CALDERÓN, plenamente identificados en actas.
TERCERO: SIN LUGAR la cuestión previa promovida p.....