´III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos ORLANDO ENRIQUE BELLO NEGRETTE y RAIMAR NATHALY CARMONA GARCIA, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 18.833.330 y V-19.225.983, teléfonos de contacto Whatsapp Nº +14698067165 y +14698189959, respectivamente, domiciliados en los Estados Unidos de Norteamérica. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha catorce (14) de marzo del año dos mil siete (2007), por ante el Registro Civil de la Parroquia El Rosario del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, todo lo cual consta de copia certificada del Acta .....