Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el Abogado LARRY MOLERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No. 71.134, en su carácter de defensor privado de los imputados CARLOS JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, portador de la cédula de identidad No. 13.209.034, FELIX EDUARDO SANABRIA RAMIREZ, portador de la cédula de identidad No. 20.723.572 y FABRICIO JAVIER SANABRIA RAMIREZ, portador de la cédula de identidad No. 25.952.989.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 2C-935-16, de fecha 19.04.2016, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas.
Publíquese y regístrese en el libro respectivo, déjese .....