Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por la Abogada MARLIN OSORIO MACHADO, Defensora Pública Tercera (3°) Penal Ordinario e Indígena, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, Extensión Villa del Rosario, actuando en su carácter de Defensora de los Ciudadanos SURAN SEGUNDO PAZ y TEOLINDO DE JESÚS PAZ LÓPEZ, plenamente identificados en actas, en contra de la Decisión de fecha 16/03/2016, publicado el texto in extenso en la misma fecha bajo Resolución No. 0383-2016, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas,.....