En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por el CARLOS EDUARDO, LOAIZA JARAMILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.308.464, en nombre y representación de la Sociedad Mercantil LODEL, C.A, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE GREGORIO ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.928, parte actora y por la otra el ciudadano LUIS ALFONZO CONCHA, AVENDAÑO, ANTONIO VARGAS PACHECO y JORGE ENRIQUE REGLA PUIG, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-523.866, V-6.900. 915 y V-6.914.196, el primero asistido por el segundo y los dos últimos actuando en su propio nombre y representación por ser abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.916 y 41.462, respectivamente, en su condición de partes codemandadas.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cos.....