En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
HOMOLOGADA LA TRANSACCION celebrada por las partes, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (Intimación), sigue EGLI MACHADO, endosataria en Procuración del ciudadano MIGUEL HERNANDEZ en contra de ALBINO SEGUNDO ARAPE y LEVIS GONZALEZ, ya identificados, da su aprobación a la misma, pasándola en autoridad de cosa juzgada.-
En cuanto a la suspensión de medidas solicitada, el Tribunal difiere su pronunciamiento al respecto, por cuanto en actas no consta las resultas del despacho de embargo librado en fecha 06/03/2009 oficio No 35283-399-09.-
Expídase las copias certificadas solicitadas, con inclusión del presente fallo.
No se archive el expediente por estar pendiente la obligación
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