Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en fecha 04-05-06, por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en contra del penado ANTONER JESUS BERMUDEZ BRACAMONTE, Venezolano, Natural de Maracaibo Estado Zulia, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.059.798, hijo de Antonio Bermúdez y Edicta Bracamonte, residenciado en la Urbanización San Felipe, en las casitas de madera, calle 07, Casa N. 08, Municipio San Francisco del Estado Zulia, de conformidad con el artículo 479 del Código 0rgánico Procesal Penal, y en consecuencia, ordenar su comparecencia por ante este Tribunal de Ejecución para el día 15-06-06 a las diez de la mañana, a los fines de que se imponga de las condiciones establecidas en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal y de.....