El Tribunal acordò Mantener las sanciones de Libertad asistida y se les impone una nueva Regla de Conducta, como lo es: a) No verse relacionado con nuevos delito a partir de esta fecha, de ser Así, sin Notificación alguna se le Revocara esta medida Alternativa al joven adulto NOMBRE OMITIDO (GARANTÍA DE CONFIDENCIALIDAD.- ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), las mismas son impuestas a este joven adulto, con fundamento en el artículo 647.i y e de la Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto las mismas han sido impuestas para regular el modo de vida del adolescente, así como para promover y asegurar su formación. Asimismo deberá continuarla ante la Oficina del Instituto Nacional del Menor manteniendo sus presentaciones conforme lo establezca la misma. Se fija fecha próxima de revisión, para el día MIERCOLES VEINTE (20) DE SEPTIMEBRE DEL 2006 A LAS DIEZ Y QUINCE (10:15 AM) de la Mañana a los fines de proceder a la revisión del cumplimiento de la sanción, de Libertad .....