Por todas las razones antes expuestas, es por lo que este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justifica en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, considera que lo procedente en derecho es REVOCAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, que le fuera otorgada por este despacho al ciudadano ISRAEL DAVID URDANETA PAZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 262 del Código Orgásmico Procesal Penal, para asegurar el cumplimiento del imputado al acto de la audiencia preliminar, y en consecuencia ACUERDA librar orden de aprehensión en contra del imputado ISRAEL DAVID URDANETA PAZ, de nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo, de 28 años de edad, estado civil Soltero, fecha de nacimiento 17-10-1980, titular de la cédula de identidad N° 14.881.988, hijo de Isaías Enrique Urdaneta Suárez y María Paz, residenciado en la Segunda etapa de Cuatricentenario, Urbanización Las Lomas de Maracai.....