DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) IMPROCEDENTE la MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, A LA BIODIVERSIDAD Y AL AMBIENTE, solicitada por el ciudadano DAVID MORALES SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número V-102.032, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, actuando en su carácter de Administrador General de la sociedad mercantil INVERSIONES AGROPECUARIAS MORALES ZAMBRANO S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha quince (15) de noviembre de mil novecientos ochenta y tres (1983), anotada bajo el No. 37, Tomo 50-A, debidamente asistido por el abogado en ejercicio DAVID MORALES ZAMBRANO, venezolano, mayor de eda.....