este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por la ciudadana, CAROLINA DEL CARMEN FINOL DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.204.756, domiciliada en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, contra el ciudadano JUAN CARLOS TAHAN GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.164.970, domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, la cual fue basada en la causal SEGUNDA del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, QUEDA DISUELTO ÉL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído el día 13 de abril de 2007, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Autónomo Maracaibo del .....