Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO y quedará como autoridad de cosa juzgada, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VIA INTIMACION) intentó la demandante Mercantil C. A. Banco Universal, en contra de la parte demandada ciudadano Marco Antonio Morales Baptista, titular de la cedula de identidad Nro 11.661.561, quien actúa en nombre y representación de la codemandada la Sociedad Mercantil LICORES LA CORONA C.A, domiciliada en la Ciudad de Maracaibo, estado Zulia, inscrita originalmente en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el dia 14 de septiembre de 1989, bajo el No. 10, Tomo 25-A, y la ciudadana Gleny Nazareth Villalobos de Morales, titular de la cedula de identidad.....