DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE la inhibición interpuesta por la profesional del derecho JOEL JOSE PIÑA WILLIAMS, órgano subjetivo adscrita al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual se INHIBE del conocimiento del asunto seguido al ciudadano JOSE ARMANDO LOPEZ LARA, por la presunta comisión del delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el articulo 16 de la Ley Orgánica Contra el Secuestro y la Extorsión; RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal, así como las pruebas presentadas, acogiéndose esta Alzada al lapso establecido en el artículo 99 del Código Orgánico Procesal Penal, para el dictamen.....