En tal sentido se acuerda oficiar al ciudadano Director del Internado Judicial de la Región Oriental FRANCISCO MARCANO, en virtud de sus deberes derivados de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como de las demás leyes y Reglamentos vigentes, mediante el uso del personal adscrito a dicha Sede Judicial , así como al personal que labora en la custodia del área de seguridad de ese recinto carcelario, a que GARANTICEN EN LA PRÁCTICA el derecho a la vida e integridad física del ciudadano RICHARD GONZALEZ MAGALLANES, titular de la cédula de identidad Nº V-18.927.398, puesto que es un DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL, que debe ser resguardado. Así se decide. Regístrese, diarìcese y remítanse a la Fiscalía Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, todas estas actuaciones como recaudos complementarios para que sean agregadas al Asunto Penal Signado alfanumérico: NP01-S-2012-001146.- Cúmplase.