PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa del ordinal 8º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el abogado ROLMAN JOSÉ CARABALLO ÁVILA en su carácter de Defensor judicial de los ciudadanos OLIMPIA MARGARITA GONZÁLEZ DE LUNAR, ARMANDO AGUSTÍN GONZÁLEZ, JESUS RAFAEL GONZÁLEZ, LUCIA DEL CARMEN GONZÁLEZ DE LUGO, HILARIA RAMONA GONZÁLEZ, TEODORA GONZÁLEZ y JOSEFINA ANTONIA GONZALEZ, ya identificados.
SEGUNDO: Se dispone que la causa continuará su curso normal hasta llegar al estado de dictar sentencia, oportunidad en la cual se deberá paralizar hasta tanto se aporte al expediente copia certificada del fallo con fuerza de cosa juzgada que resuelva lo concerniente al precitado proceso que adelanta el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial con motivo de la partición propuesta.
TERCERO: Se ordena remitir mediante oficio copia certificada de esta decisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en .....