- III -
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, por mutuo consentimiento, propuesta por los ciudadanos DUILIO SEGUNDO HERRERA MANAREZ y GLADYS COROMOTO VILLALOBOS SANCHEZ, suficientemente identificados.
En consecuencia, queda disuelto el matrimonio civil que celebraran las partes, el día diecisiete (17) de noviembre de 2011, por ante el Registro Civil de la Parroquia Las Parcelas, Municipio Mara del estado Zulia , anotada en el libro de Registro para Matrimonios que llevó esa oficina durante el año 2011, bajo el acta Nº 54.
Se deja expresa constancia de lo manifestado por los solicitantes, que durante la vigencia matrimonial no procrearon hijos, ni adquir.....