Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA REVOCAR EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, que le fuera otorgado al penado: ANDY JOHAN NAVA HERNANDEZ, Titular de la Cedula de Identidad N° 13.007.812, de nacionalidad Venezolano, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 34 años de edad, fecha de nacimiento: 23-06-1974, hijo de Gladis Hernández y de José Nava, albañil y residenciado en la Calle 79, Barrio Carmelo Urdaneta, Casa No. 01-A-46, al fondo del Colegio José Humberto Morán, Maracaibo Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del Código Penal, en perjuicio de OBANDIS FERRER FINO Y EL ESTADO VE.....