Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio N 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONDENA al imputado RONALD GUILLERMO DIAZ VALENCIA, colombiano, natural de Santa Fé de Bogotá, Colombia, nacido en fecha 24 de marzo de 1979, titular de la Cédula de Identidad N° E-79.951.996, artesano, con residencia en la Calle Las Colinas, casa s/n, de la población Loma de Guerra, detrás del Hotel Ovni, Calle La Tierra, casa de color verde, Municipio Antolín del Campo, estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, por la comisión de los delitos de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Con.....