Por los fundamentos de Hecho y de Derechos esgrimidos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: ANTONIO JOSÉ MARTÍNEZ ROMERO, quien es venezolano, natural del Estado Trujillo, de 53 años de edad, de estado civil casado, con fecha de nacimiento 11/07/55, C.I. 7.831.911, hijo de Angélica Romero y de Antonio Martínez y residenciado en el Barrio Negro Primero calle principal NO. 35-42 del Municipio San Francisco del Estado Zulia, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las Accesorias de ley previstas en el Articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de de ROBO IMPROPIO TENTADO, previsto y sancionado en el encabezado del articulo 456 del Código Penal, en concordancia con el primer aparte del artículo 80 Ejusdem, cometido en perjuicio de FREDDY ROSALES y ANDRY CORDOVA, de .....