DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA EL REGIMEN ABIERTO, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena al penado JEHOVÁ CERVERA MERCADO, titular de la cédula de identidad N° 21.566.789, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 20-01-1986, de 22 años de edad, soltero, comerciante, residenciado en Avenida 109 Principal, al lado del negocio el Borolon, calle 70-04, Circunvalación N° 03, Barrio El Museo; quien fue condenado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el Ordinal 1° del Artículo 406 del Código Penal en concordancia con la parte in fine del artículo 84 Ejusdem, come.....