ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de UN AÑO (01) AÑO a partir de la presente fecha, DEBIENDO CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CONDICIONES: 1.- Abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas y de abusar de bebidas alcohólicas. 2.- Continuar con sus presentaciones, las cuales se extienden en este mismo acto a cada 45 días por la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, ordenándose librar oficio a dicha oficina informando lo aquí decidido. 3.- Presentarse ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, quien se encargará de supervisar el cumplimiento de las condiciones impuestas, por lo que se deberá remitir copia certificada de la decisión a los fines legales consiguientes. 4.- Residir en un lugar determinado y en caso de cambiar de domicilio deberá notificarlo al Tribunal.