DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos en líneas pretéritas, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el acto procesal por antonomasia que contiene la pretensión y el derecho material de las actoras, esto es, la demanda que por DESALOJO, incoara el ciudadano EMIRO SEGUNDO SEMPRÚN NEGRETE contra el ciudadano EDUARDO DE JESÚS ARANGUIBEL PRIETO, en consecuencia, se ordena al demandado:
A.- Hacer entrega a la parte actora ciudadano EMIRO SEGUNDO SEMPRUN NEGRETE el inmueble objeto del contrato, entiéndase, el apartamento marcado con el N° 3-4, Tercera Planta del Edificio Residencias El Paraguayito, situado en la calle 2A, esquina con la Avenida 17, Sector Urbanización Portuaria, en Sierra Maestra, Jurisdicción de la Parroquia Francisco Ochoa Municipio S.....