Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA: NULO el decreto dictado por este Tribunal en fecha Cuatro (04) de Febrero del presente año, por cuanto no se evidencia la firma de la Secretaria, ciudadana MARÍA ROSA ARRIETA FINOL, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 104 del Código de Procedimiento Civil, así como también se deja sin efecto la comisión remitida mediante oficio Nro. 1422-2009, de fecha Veintiocho (28) de Julio del presente año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil.-
De esta forma, se ordena oficiar al Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los f.....