Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, en el juicio que por QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO A LA POSESIÓN, fue interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES CELULAR SHOP, C.A., debidamente registrada en fecha 10 de julio de 2014, por ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Zulia, bajo el N° 10, Tomo 82-A 485, en la persona de su presidente, ciudadano JAIRO OLIVARES ROMERO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V-7.758.980, en contra de la sociedad mercantil GUAYAZULIA, C.A., debidamente registrada en fecha 29 de agosto del 2000, por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el N° 11, Tomo 42-A, en la persona de sus apoderados MIGUEL MORA BELLIRIO y MARIA MEJIAS BRITO, venezolanos, ma.....