este Tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la  Ley, declara  las  anteriores actuaciones TITULO  SUFICIENTE  DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano ALSONY JOSE SALAZAR, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 16.546.134, sobre una vivienda unifamiliar construida, sobre un terreno ubicado en El Guamache, Parroquia Los Barales del  Municipio   Tubores   del   Estado   Nueva   Esparta,   de   doce  (12)  metros  de frente
 por veinticinco (25), metros de fondo, es decir, TRESCIENTOS METROS CUADRADOS(300mts2), ubicado bajo los siguientes linderos; NORTE: Calle Primavera, SUR: Calle Las Flores, ESTE: Casa de Carmen Salazar, y OESTE: Vía principal el Guamache, el cual es propiedad de la Asociación Civil "Frente Civil Sucesión Los Barales" quien lo autorizó  a construir la misma sobre dicho lote de terreno, según const.....