En consecuencia, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la intimación de la Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE FUNDICIÓN LUFKIN, S.A, en la persona de su Director Principal ANTONIO JOSE MOSHELLA GONZALEZ, antes identificados, apercibido de ejecución dentro de los diez días de Despacho siguientes al día que conste en actas su intimación, para que pague la cantidad reclamada como capital, es decir la suma de OCHO MIL OCHOCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs 8.804,78), mas las cantidades siguientes: a) Para que pague la cantidad de CIEN BOLÍVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs 100,10) por concepto de Intereses. La cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON VEINTIDOS CENTIMOS (Bs 2.226,22), por concepto de Honorarios Profesionales y La cantidad de OCHOCIENTOS OHENTA BOLIVARES CON CUARENTA Y SIETE CENTIM.....