DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Actuando de forma Mixta, por UNANIMIDAD, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, por no haberse demostrado en el debate Oral y Privado, la existencia de los hechos, ni la participación o autoría en los hechos por los cuales se le acusó, por el delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el articulo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Vigente al momento de los hechos, en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 602 literales "b" y "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia se ORDENA la Cesación de las Medidas Cautelares impuestas.