Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, formulada por los ciudadanos JOSEFINA CRUZ TORCATT y FRANK JOSE JIMENEZ CABEZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad números V-16.336.208 y V-17.112.114 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 14.09.2001 ante el Prefecto del Municipio Autónomo Guanipa del Estado Anzoategui, según consta de acta número 227, inserta en los folios 71 y 72 del Libro Principal N° 3 del Registro Civil de Matrimonios llevado ante dicho Despacho en el referido año.
Extinguida la Comunidad de Gananciales.
No hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese
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